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CONDICIONES DEL CONTRATO DE SEVICIO DE ALQUILER TURISTICO

CONDICIONES DE LA CONTRATACION DEL ALQUILER

A continuación se describen las obligaciones aceptadas por el inquilino al realizar la reserva del inmueble a través de la página web:

1) El Inquilino se compromete a usar dicho Inmueble exclusivamente como alojamiento vacacional, con una ocupación máxima de personas correspondiente a las indicadas en la reserva. A estos efectos, se deja constancia de que el Inmueble no constituirá la vivienda habitual ni permanente del Inquilino ni de ninguno de sus ocupantes, sino que su arrendamiento será temporal por motivos turísticos.

2) Se prohíbe expresamente al Inquilino tener en el Inmueble cualquier tipo de animal doméstico, salvo consentimiento expreso por escrito del Propietario. El incumplimiento de la presente obligación será considerado causa suficiente para la resolución de la prestación del servicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.1 de la vigente LAU.

3) El Inquilino se obliga a cumplir y respetar en todo momento los estatutos y normas internas de la comunidad de propietarios a la que pertenece el Inmueble, que declara conocer y aceptar. Además, se compromete a no molestar ni perjudicar la pacífica convivencia del resto de vecinos de la comunidad.

4) Llegada la fecha de terminación del servicio de alquiler turístico contratado, el Inquilino deberá abandonar el Inmueble sin que sea necesario para ello requerimiento alguno por parte del Propietario.

5) El Inquilino se compromete desde la contratación del servicio a devolver el Inmueble y las llaves del mismo en la fecha de terminación del servicio de alquiler turístico contratado entregándolo en perfecto estado, sin más deterioros que los que se hubiesen producido por el mero paso del tiempo y el uso ordinario, libre de los enseres personales del Inquilino y totalmente desocupado.

6) El Inquilino se obliga expresamente a reparar cualquier desperfecto ocasionado durante su estancia (a modo ejemplificativo: azulejos, baldosas, armarios, marcos de madera, grifería o sanitarios, etc.) antes de su devolución al Propietario o bien, a abonar los gastos de reparación que los desperfectos pudieran ocasionar.

7) Serán causas de terminación del servicio prestado con carácter inmediato, las que se mencionan a continuación:
a) La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al Inquilino.
b) La falta de pago del importe de la fianza, si la hubiere.
c) La realización de daños causados dolosamente en el Inmueble o de obras no consentidas por el Propietario, cuando el consentimiento de éste sea necesario.
d) Cuando en el Inmueble tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
e) El subarriendo del inmueble.

Así mismo el propietario, se compromete a lo siguente:

8) El Propietario entrega al Inquilino el Inmueble en perfectas condiciones de habitabilidad, buen estado de conservación y funcionamiento de sus servicios y a la entera satisfacción de éste.

9) A la llegada, el Propietario hace entrega al Inquilino de dos juegos de llaves completos de acceso al Inmueble.